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Artículo 251

Decreto 663 de 1993 · por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DIRECCION Y ADMINISTRACION

1.

Junta directiva. La junta directiva del Instituto de Fomento Industrial, IFI, estará formada por cinco (5) miembros con sus correspondientes suplentes, así: - El Ministro de Hacienda; - El Ministro de Desarrollo Económico; - El Gerente del Banco Central Hipotecario (BCH), mientras el Banco conserve la totalidad de acciones del Instituto que actualmente posee, y - Un miembro nombrado por el Presidente de la República, o dos (2) cuando el Gerente del Banco Central Hipotecario (BCH) deje de ser miembro de la directiva. Los suplentes de la junta serán designados por el Presidente de la República. Para ser miembro de la junta directiva del Instituto se requiere ser ciudadano colombiano.

2.

Incompatibilidades. Salvo lo dispuesto en el numeral anterior del presente Estatuto, no podrán ser miembros de la junta directiva del Instituto de Fomento Industrial, IFI, personas que pertenezcan a las juntas directivas o que sean presidentes, gerentes ejecutivos de corporaciones financieras, de bancos comerciales privados o de compañías de seguros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1370/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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