Micelio

Artículo 14

Ley 73 de 1910 · Por la cual se reforma la Ley 51 de 1898 y 1o de 1909, sobre prensa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El auto de proceder es apelable en el efecto suspensivo en el acto de la notificación ó dentro de las veinticuatro horas de notificado para ante el Tribunal respectivo. El Tribunal, previa fijación del negocio en lista, por cuarenta y ocho horas, para que las partes aleguen por escrito, decidirá el recurso dentro de tres días improrrogables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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