ARTICULO 2° Metas de los servicios. De acuerdo con las políticas generales enunciadas anteriormente, las comunicaciones se desarrollaran dentro del siguiente marco
Se interconectarán a la red nacional de telecomunicaciones todas las localidades habitadas del territorio nacional, bien sea mediante servicios domiciliarios o comunitarios, de forma tal que cualquier ciudadano tenga, dentro de un radio no mayor de 20 km. acceso a los servicios de comunicaciones prestados por el Estado;
Se dotará de servicio telefónico local a todas las cabeceras municipales del país, desarrollando este servicio en forma tal que satisfaga la demanda industrial, comercial, bancaria y domiciliaria, de manera equitativa dentro de todo el territorio nacional. Las centrales de conmutación local que se instalen se constituirán en nodos para recolección del tráfico generado por los sistemas rurales:
La red troncal de comunicaciones deberá ser modernizada y ampliada para enlazar adecuadamente todas las regiones del país en lo que respecta a servicios telefónicos básicos, de datos y de televisión, garantizando parámetros de confiabilidad y calidad, acordes con normas internacionalmente reconocidas;
Se crearán centros y enlaces de comunicaciones internacionales de acuerdo con los requerimientos de la demanda, buscando que cualquier ciudadano tenga acceso a la red internacional independientemente de su ubicación geográfica dentro del país.