º. Corresponde al Ministerio de Educación Nacional reglamentar la enseñanza de las profesiones auxiliares de la medicina y de la odontología como enfermeras, fisioterapeutas, etc., y el oficio de operarios y de auxiliares de talleres en donde se fabriquen artefactos para el uso clínico en odontología. Para hacer esta reglamentación se deben oír los conceptos de la Junta de Títulos respectiva y de la Facultad respectiva de la Universidad Nacional de Colombia.
Decreto 279 de 1953 →Inexequible
Artículo 9
Corresponde Al Ministerio De Educación Nacional Reglamentar La Enseñanza De Las Profesiones Auxiliares De La Medicina Y De La Odontología Como Enfermeras, Fisioterapeutas, Etc
Decreto 279 de 1953 · Por el cual se reglamenta el ejercicio de la medicina y de la odontología
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.