º. Modificase el artículo 11 del Decreto 1313 de 1978, el cual quedará así: Los funcionarios de la Seguridad Social y empleados públicos del Instituto que deban viajar dentro o fuera del país en comisión de servicios, tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte de acuerdo a la siguiente escala: Instituto establecerá mediante Acuerdo de la Junta Administradora, el procedimiento para reconocer y pagar los viáticos y gastes de transporte de sus servidores.
Artículo 8
Modificase El Artículo 11 Del Decreto 1313 De 1978, El Cual Quedará Así: Los Funcionarios De La Seguridad Social Y Empleados Públicos Del Instituto Que Deban Viajar Dentro O Fuera Del País En Comisión De Servicios, Tendrán Derecho Al Reconocimiento Y Pago De Viáticos Y Gastos De Transporte De Acuerdo A La Siguiente Escala: Instituto Establecerá Mediante Acuerdo De La Junta Administradora, El Procedimiento Para Reconocer Y Pagar Los Viáticos Y Gastes De Transporte De Sus Servidores
Decreto 381 de 1980 · Por el cual se modifica la escala de remunaeración de los empleos del instituto de seguros sociales y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.