°. Hácense las siguientes creaciones en el Ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento de Boyacá. Chiquinquirá: La plaza de Administrador de Correos y Telégrafos, con asignación mensual de 270 00 La plaza de Auxiliar de Encomiendas y Valores, con asignación mensual de 155 00 La plaza de Auxiliar de Correos, con asignación mensual de 130 00 Dos (2) plazas de Operadores de Teleprinter, con asignación mensual de $ 170 cada una 340 00 Dos (2) plazas de Operadores de Morse, con asignación fticnsual de $ 140.00 cada una 280 00 Dos (2) plazas de Oficial de Recibo, con asignación mensual de $ 150.00 cada una 300 00 Cuatro (4) plazas de Carteros, conasignación mensual de $ 60.00 cada una 240 00 Suman $ 1.715 00
Decreto 1055 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Hácense Las Siguientes Creaciones En El Ramo De Telégrafos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Departamento De Boyacá
Decreto 1055 de 1952 · Por el cual se hacen unas supresiones y unas creaciones en los Ramos de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.