Micelio

Artículo 5

Ley 123 de 1963 · Por la cual se ordena construír unas obras en algunos Municipios del Valle del Cauca, y se conceden auxilios a varios colegios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entre las obras con las cuales cooperará la Nación para conmemorar el cuarto (4°) centenario de la fundación de la ciudad de Toro, en el Valle del Cauca, el Ministerio de Obras Públicas procederá desde la próxima vigencia fiscal, con las apropiaciones señaladas en el Presupuesto Nacional para edificios públicos, a construir un edificio para oficinas nacionales; cárcel para varones, mujeres y menores; Juzgados de Circuito y Municipales; Centro de Historia y demás oficinas nacionales de ese Municipio, en el sitio que señale el Cabildo, con los planos, especificaciones, prospectos y dirección que para ello tenga el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 123 de 1963