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Artículo 12

Son Deberes Especiales De Los Inspectores De Zona: A) Velar Por El Estricto Cumplimiento De Las Disposiciones Del Ramo B) Organizar Y Conservar Cuidadosamente El Archivo De La Inspección, A Fin De Que En Caso Necesario Pueda Ser Consultado

Decreto 286 de 1939 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores de Zonas Telegráficas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes especiales de los Inspectores de Zona

a)

Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones del ramo

b)

Organizar y conservar cuidadosamente el archivo de la Inspección, a fin de que en caso necesario pueda ser consultado.

c)

Corregir las irregularidades que observen.

d)

Disponer lo conveniente para que los daños en las líneas o en las instalaciones sean reparados sin pérdida de tiempo.

e)

Obligar a los Guardas a que verifiquen las correrías por las rutas que llevan las líneas a su cargo, y a que vayan provistos de la herramienta necesaria para arreglar inmediatamente cualquier defecto que encuentren.

f)

Imponer sanciones a los Guardas que verifiquen correrías ordinarias en vehículo a infrinjan lo ordenado en el ordinal anterior.

g)

Proponer al Ministerio las sanciones que deban aplicarse a los Telegrafistas que firmen comprobantes de correrías que no han sido efectuadas por los Guardas.

h)

Instruir al personal de oficinas y a los Guardas sobre el manejo de aparatos, conmutadores, baterías, etc.

i)

Inventariar los enseres de las oficinas y las existencias de materiales depositados en ellas.

j)

Exigir del personal de conservación que el trabajo en las líneas se ejecute en tiempo oportuno, a fin de evitar presupuestos crecidos por concepto de reconstrucción y remotas.

k)

Llevar esmeradamente el inventario de las herramientas de los Guardas de Zona, de los cuales responde, pudiendo exigir la misma responsabilidad a los Guardas respectivos cuando la herramienta se extravie en poder de éstos.

l)

Cuidar de que la portería de todos los trayectos se halle correctamente numerada, y llevar con esmero el libro de control de postes. ll) Llevar a cabo las obras que indiquen al Ministerio, o cooperar en la ejecución de las mismas, de acuerdo con las instrucciones que les comuniquen.

m)

Proveer a los Guardas de las herramientas necesarias para la ejecución de los trabajos, y disponer que con las que tengan en exceso algunos de ellos sean provistos los que no las tengas.

n)

Intervenir en la consecución de los locales para el funcionamiento-de las oficinas del ramo, y cerciorarse de que el canon de arrendamiento está en armonía con la clase de local y su ubicación ñ) Cerciorarse de si las partidas de alumbrado que a las oficias se señalen, corresponden a la realidad de los gastos, y controlar su inversión.

o)

Exigir a las oficinas de su jurisdicción la elaboración de los presupuestos de los útiles y materiales que para el sostenimiento de un trimestre necesiten, tanto en Telégrafos como en Correos. Este presupuesto se enviará a la Sección de Proveeduría y Almacenes del Ministerio.

p)

Establecer un control eficaz, a fin de constatar qué empleados deben renovar su fianza, bien sea por insolvencia de sus fiadores, por fallecimiento de éstos o en relación con el movimiento de la respectiva oficina.

q)

Disponer que las oficinas de dos o más empleados elaboren sus reglamentos internos, horarios y turnos, y los envíen al .Ministerio para su aprobación.

r)

Prohibir toda discusión con el público y entre los corresponsales, y sancionar severamente a todo empleado a quien se le compruebe que es responsable del deterioro malicioso de aparatos, y hacer cumplir con todo rigor la prohibición de que al recinto privado de las oficinas tengan acceso personas, que no sean empleados de ellas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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