El Gobierno procederá a atender la administración del Capitolio con todas sus dependencias, muebles y enseres, mediante un Administrador, que tendrá la asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600). Este Administrador constituirá la fianza que le señale la Contraloría General de la República, y nombrará el personal subalterno de la Administración, fijándole las asignaciones correspondientes, todo ello con la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Los gastos que demande el cumplimiento de este artículo se harán con cargo al Capítulo 1°, artículo 6° del Presupuesto vigente.