Art 3° Los empleados de la Oficina de Longitudes procederán á determinar las coordenadas geográficas de las principales poblaciones de la República, refiriéndolas a todas al meridiano observatorio Astronómico nacional, con el fin de obtener el mayor número de puntos cardinales que sirvan de base a las operaciones de pormenor de la carta, así como para la rectificación de las distancias geográficas que hay entre las citadas poblaciones.
Decreto 930 de 1902 →Vigente
Artículo 3
Decreto 930 de 1902 · Por el cual se crea la Oficina de Longitudes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.