Funciones del Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas. El Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas tendrá un rol de coordinación y orientación estratégica y técnica para apoyar la implementación y seguimiento de los lineamientos en materia de empresas y derechos humanos. Para tal fin, ejercerá las siguientes funciones:
Orientar la implementación de directrices que la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario determine para el desarrollo de medidas de cumplimiento y seguimiento de los compromisos, obligaciones internacionales y recomendaciones en materia de empresas y derechos humanos.
Formular y aprobar técnicamente el Plan de Acción y Seguimiento para la implementación de los lineamientos sobre empresas y derechos humanos de que trata este decreto, y presentarlo a la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario para su adopción formal.
Orientar el cumplimiento, seguimiento y evaluación del Plan de Acción y Seguimiento para la implementación de los lineamientos sobre empresas y derechos humanos (PAS) por parte de las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Generar insumos y lineamientos técnicos en el proceso de adopción de instrumentos internacionales sobre Empresas y Derechos Humanos y aportar información técnica y sectorial a los procesos de cooperación internacional que adelante el Estado colombiano, a través de los canales institucionales correspondientes, frente a impactos de actividades empresariales que puedan tener dimensión transfronteriza.
Orientar técnicamente, en los órdenes nacional y en articulación con los entes territoriales, el diseño e implementación de estrategias y mecanismos para la articulación, implementación, seguimiento y divulgación de los estándares internacionales de empresas y derechos humanos.
Orientar y acompañar el fortalecimiento de capacidades institucionales sobre empresas y derechos humanos y conducta empresarial responsable.
Orientar y acompañar la elaboración de un diagnóstico normativo sobre programas, proyectos, políticas y actividades desarrolladas por las entidades que integran el Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas en la materia, con el fin de abordar los vacíos o brechas con los estándares internacionales de derechos humanos y la conducta empresarial responsable y proponer recomendaciones normativas para el cierre de brechas. Este diagnóstico servirá como herramienta para facilitar la articulación institucional, orientar el plan de trabajo conjunto, reducir la duplicidad de esfuerzos y promover intervenciones coordinadas hacia las empresas y los territorios, y será presentado a la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario para su consideración.
Orientar y acompañar el desarrollo y/o formular recomendaciones sobre programas, proyectos, políticas y actividades desarrolladas por las entidades que integran el Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas y que contribuyan a la prevención, protección, el respeto y la garantía de los derechos humanos en el marco de las actividades empresariales.
Orientar y acompañar el desarrollo y actualización de diagnósticos sectoriales que identifiquen los impactos de la actividad empresarial sobre los derechos humanos, y establecer mecanismos de seguimiento en las regiones en donde se identifique un mayor riesgo.
Orientar el desarrollo de lineamientos técnicos para la implementación progresiva y diferenciada de la debida diligencia reforzada de las empresas en contextos de conflicto armado o con presencia de estructuras armadas organizadas o alto riesgo ambiental.
Fomentar mecanismos de articulación temprana para prevenir y atender impactos y/o violaciones a los derechos humanos en el contexto empresarial.
Remitir al Sistema Nacional de Información de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de que trata el Numeral 5 del artículo 2.1.7.3.2 del Decreto número 1081 de 2015, recomendaciones, alertas técnicas o la información que se derive del funcionamiento del Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas, incluyendo aquellas relacionadas con la prevención y atención de impactos y/o violaciones a los derechos humanos en el contexto empresarial, así como necesidades de ajuste normativo o institucional que se identifiquen.
Promover y apoyar la articulación entre la agenda de empresas y derechos humanos y la construcción de paz territorial.
Acompañar la promoción de las Líneas Directrices de la OCDE para empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial responsable desde un enfoque basado en derechos humanos en coordinación con el Punto Nacional de Contacto.
Servir como canal institucional para el diálogo entre el Estado, el sector empresarial, la sociedad civil, pueblos étnicos, comunidades y organizaciones defensoras de derechos humanos.
Proponer recomendaciones para integrar un enfoque basado en derechos humanos en instrumentos internacionales de comercio o inversión adoptados por Colombia.
Formular recomendaciones a las entidades de la Rama Ejecutiva sobre medidas que deban adoptar e instrumentos de política pública que se requieran para respetar y proteger los derechos humanos en la implementación de los lineamientos en materia de empresas y derechos humanos.
Aprobar el reglamento interno del Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas y los lineamientos estratégicos para su funcionamiento.
Las demás funciones que le sean atribuidas por la Comisión Intersectorial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
El Plan de Acción y Seguimiento para la implementación de los parámetros sobre empresas y derechos humanos (PAS) será el instrumento operativo en el que se definirán las acciones necesarias para garantizar la implementación de los lineamientos en materia de empresas y derechos humanos, y desarrollará los ejes estratégicos definidos en el artículo 2.1.7.8.2.1., mediante medidas, metas, indicadores, recursos y responsables institucionales.
El Plan tendrá un periodo de ejecución de cinco (5) años, al cabo de los cuales, el Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas deberá evaluarlo y formular su actualización para garantizar la continuidad de la agenda de empresas y derechos humanos, y la implementación de este Decreto.
La Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, como secretaría técnica del Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas, liderará y coordinará su implementación, con el acompañamiento técnico del Departamento Nacional de Planeación.
Las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional responsables de acciones en el Plan de Acción y Seguimiento para la implementación de los parámetros sobre empresas y derechos humanos (PAS) deberán incorporarlas en sus planes institucionales y presupuestales, y reportar periódicamente sus avances al Comité Técnico Especializado de Derechos Humanos y Empresas. Todo con sujeción al Marco Fiscal de Mediano Plazo y al Marco de Gasto del Mediano Plazo
Las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y sus entidades adscritas y vinculadas, deberán designar, en un plazo de tres (3) meses a partir de la entrada en vigencia del presente Capítulo, un Grupo Interno de Trabajo (GIT) responsable de la implementación y seguimiento de las acciones previstas en el Plan de Acción y Seguimiento para la implementación de los parámetros sobre empresas y derechos humanos (PAS) y de la agenda de empresas y derechos humanos, con capacidades y recursos adecuados para el desarrollo de sus funciones, promoviendo mecanismos de articulación y coordinación con titulares de derechos, víctimas, sector empresarial y demás actores relevantes, conforme a los enfoques diferenciales e intersectoriales.
Cuando ya existan dependencias o estructuras funcionales que gestionen la garantía y protección de los derechos humanos, estas podrán asumir dicha función, sin que ello implique la creación de nuevas cargas estructurales o presupuestales.
TEXTO CORRESPONDIENTE A