DE LA LISTA DE CANDIDATOS ELEGIBLES. Como resultado de cada concurso, el respectivo, comité de selección elaborará, por orden de mérito, una lista de candidatos elegibles para el ejercicio de cada uno de los empleos determinados en la respectiva convocatoria. Cuando varias personas hayan obtenido igual calificación, ocuparán el mismo puesto en la respectiva lista. La lista será refrendada por el Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil o por su delegado, y tendrá una vigencia de seis meses.
Decreto 2334 de 1977 →Vigente
Artículo 18
De La Lista De Candidatos Elegibles
Decreto 2334 de 1977 · Por el cual se determina el sistema especial de selección, clasificación y remuneración para el personal vinculado a las tareas del sector técnico aeronáutico del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.