Micelio

Artículo 2

º La Región De Planificación Del Centro-Oriente Colombiano Constituye Una División Del Territorio Nacional Para La Planificación Y El Desarrollo Económico Y Social Y Especialmente Para Los Siguientes Efectos: A) Garantizar Una Planificación Equilibrada Del Desarrollo De La Región

Decreto 3086 de 1986 · por el cual se crea la Región de Planificación del Centro-Oriente Colombiano y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Región de Planificación del Centro-Oriente Colombiano constituye una división del territorio nacional para la planificación y el desarrollo económico y social y especialmente para los siguientes efectos

a)

Garantizar una planificación equilibrada del desarrollo de la región.

b)

Propiciar y fortalecer la integración económica y social de los departamentos que conforman la Región de Planificación del Centro-Oriente Colombiano.

c)

Dotar a la región de instrumentos suficientes y eficaces a fin de contar con una mayor capacidad y autonomía, en la administración de su propio desarrollo.

d)

Establecer lazos permanentes de coordinación interinstitucional entre los niveles nacional, departamental y municipal especialmente en lo relativo a la planificación.

e)

Asegurar la participación de la región en la preparación de los planes regionales que deben incluirse como parte del plan nacional de desarrollo económico y social.

f)

Permitir la participación de la región en la elaboración del presupuesto de inversión anual de la Nación y en las actividades de evaluación de su ejecución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3086 de 1986