º. Del ingreso a la Escuela de Suboficiales. Los Agentes de la Policía Nacional en servicio activo que hayan cursado y aprobado segundo año de bachillerato y hayan servido a la Institución un mínimo de tres (3) años, podrán ingresar a la Escuela de Formación de Suboficiales y ser ascendidos al grado de Cabo 2º, previo el lleno de los requisitos que se establezcan en la reglamentación que expida el Gobierno.
Decreto 2340 de 1971 →Vigente
Artículo 7
Del Ingreso A La Escuela De Suboficiales
Decreto 2340 de 1971 · Por el cual se reorganiza la carrera de Agentes de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.