Artículo octavo. El Gobierno queda autorizado para crear, suprimir y refundir cargos en el Ministerio de Agricultura y Para fijar las asignaciones correspondientes con base en las apropiaciones globales para personal y campañas votadas en el presupuesto del citado Ministerio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.