Micelio

Artículo 19

De La Ley Y Observando Las Reglas Que En Él Se Indican, Todo Individuo Tiene Derecho Á Pedir Que Se Declare Nula Una Votación Ó Una Ó Varias Actas De Escrutinio ; Y Los Funcionarios Y Corporaciones Á Quienes Corresponda Decidir, El Deber De Oir Y Atender Las Reclamaciones Que Á Este Respecto Se Les Hagan

Decreto 209 de 1888 · en ejecución de la ley 7ª de 1888 "sobre elecciones populares".

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 19. Al tenor de lo establecido en el artículo 117 de la ley y observando las reglas que en él se indican, todo individuo tiene derecho á pedir que se declare nula una votación ó una ó varias actas de escrutinio ; y los funcionarios y Corporaciones á quienes corresponda decidir, el deber de oir y atender las reclamaciones que á este respecto se les hagan.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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