Micelio

Artículo 2

El Municipio A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Queda Comprendido Dentro De Los Siguientes Límites Territoriales: Partiendo De La Desembocadura Del Caño Muco En El Río Meta, En Línea Recta Norte Sur Hasta Encontrar El Río Tomo, De Éste Aguas Arriba Hasta Encontrar La Línea Limítrofe Con El Departamento Del Meta; Por Esta Línea Recta Sur - Norte Hasta Encontrar El Río Meta; Por Éste Aguas Abajo Hasta Encontrar El Punto De Partida De La Desembocadura Del Caño Muco En El Río Meta

Decreto 676 de 1987 · por el cual se crea el Municipio de la Primavera en la Comisaria Especial del Vichada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El municipio a que se refiere el artículo anterior, queda comprendido dentro de los siguientes límites territoriales: Partiendo de la desembocadura del Caño Muco en el río Meta, en línea recta Norte Sur hasta encontrar el río Tomo, de éste aguas arriba hasta encontrar la línea limítrofe con el Departamento del Meta; por esta línea recta Sur - Norte hasta encontrar el río Meta; por éste aguas abajo hasta encontrar el punto de partida de la desembocadura del Caño Muco en el río Meta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 676 de 1987