Artículo noveno . Variaciones . Sólo por razones de fuerza mayor el Ministerio de Educación Nacional podrá autorizar modificaciones al calendario en uno o más establecimientos educativos oficiales y no oficiales. Cuando ello suceda, se determinará un calendario distinto que puede incluir la reducción de los períodos vacaciones escolares y docentes con el objeto de dar cumplimiento en su totalidad a las actividades ordenadas por el presente Decreto y los planes de estudio.
Decreto 174 de 1982 →Vigente
Artículo 9
Decreto 174 de 1982 · Por el cual se dictan normas sobre calendario escolar para los establecimientos oficiales y no oficiales de educación pre-escolar básica, (primaria y secundaria) media vocacional y se dictan otras dispocisiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.