Micelio

Artículo 3

Son Funciones De La Comisión De Textos Y Materiales Escolares: A) Promover Concursos Para La Adopción Y Edición De Textos En Los Niveles Primarios, Medio, Normalista, Y Para La Alfabetización De Adultos; B) Inscribir Los Textos De Enseñanza Que Puedan Ser Utilizados En Los Establecimientos Educativos, C) Llevar El Registro De Los Textos Que Adopten Los Establecimientos No Oficiales De Enseñanza De Entre Los Textos Inscritos De Conformidad Con El Literal B) Del Presente Artículo; D) Ordenar La Revisión Periódica De Los Textos Inscritos Con El Objeto De Comprobar Si Su Contenido, Ordenación Técnico-Pedagógica Y Condiciones Materiales Se Adaptan A Los Adelantos Y Evolución De La Ciencia Pedagógica Y La Técnica Editorial

Decreto 579 de 1965 · Por el cual se crean la Comisión de Textos y Materiales Escolares y el Fondo Rotatorio Nacional de Texto Escolar Gratuito

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Son funciones de la Comisión de Textos y Materiales Escolares

a)

Promover concursos para la adopción y edición de textos en los niveles primarios, medio, normalista, y para la alfabetización de adultos;

b)

Inscribir los textos de enseñanza que puedan ser utilizados en los establecimientos educativos,

c)

Llevar el registro de los textos que adopten los establecimientos no oficiales de enseñanza de entre los textos inscritos de conformidad con el literal b) del presente artículo;

d)

Ordenar la revisión periódica de los textos inscritos con el objeto de comprobar si su contenido, ordenación técnico-pedagógica y condiciones materiales se adaptan a los adelantos y evolución de la ciencia pedagógica y la técnica editorial.

e)

Estimular la producción de textos y de materiales auxiliares de la enseñanza, mediante concursos, seminarios, etc., y

f)

Trabajar en estrecha coordinación con el Fondo Rotatorio Nacional del Texto Gratuito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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