La obra aceptada por una persona o empresa para su representación, debe ser representada en la forma convenida, y no por otra empresa, sin previo y expreso permiso del autor o de sus causahabientes.
Si la obra es inédita, sólo se pueden sacar las copias absolutamente necesarias para su representación, siendo prohibido vender tales copias, adquirirlas o divulgarlas de cualquier modo, sin autorización del dueño de la obra.
El dueño de la obra inédita aceptada no puede, por su parte, hacerla representar por un tercero, mientras la persona o empresa que la acepta primero, no la haya representado.
2.-Edición.