Micelio

Artículo 17

Ley 19 de 1976 · Por la cual se adiciona el impuesto sobre la renta y complementarios y el artículo 30 del Decreto-ley 2821 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

En los casos de herencias, legados y liquidaciones de sociedades, cuando el beneficiario no recibe el valor en dinero, la mitad del impuesto de ganancia ocasional se pagará en la vigencia fiscal pertinente y el saldo, en la siguiente vigencia fiscal junto con el impuesto correspondiente a esta vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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