Revisión de solicitud y cronograma de visitas para la certificación de cumplimiento de buenas prácticas . Una vez radicada la solicitud, el Invima procederá a revisarla dentro de los quince (15) días hábiles siguientes y se podrán dar las siguientes situaciones: 4.1 De cumplir con los requisitos establecidos, el Instituto incluirá el establecimiento o la institución en un cronograma de visitas de Certificación de Buenas Prácticas. 4.2 De no cumplir la solicitud con los requisitos, se requerirá al solicitante para que dé cumplimiento a la totalidad de la información prevista por la normativa vigente, para Jo cual contará con veinte (20) días hábiles contados desde la fecha de recepción de la comunicación emitida por parte de ese Instituto, tiempo que podrá ser prorrogado por única vez hasta por el mismo término, previa solicitud del interesado al Invima: 4.2.1 Una vez el peticionario radique la correspondiente documentación de respuesta al requerimiento, el Invima, contará con un término de quince (15) días hábiles para determinar si cumple con los requisitos establecidos. De cumplir con la totalidad de los requisitos esa entidad incluirá el establecimiento o la institución en un cronograma de visitas de Certificación de Buenas Prácticas. De no cumplir, negará el trámite de solicitud. 4.2.2 Si no se recibe respuesta dentro del término previsto, se entenderá que se desiste de la solicitud.
Decreto 335 de 2022 →Vigente
Artículo 4
Revisión De Solicitud Y Cronograma De Visitas Para La Certificación De Cumplimiento De Buenas Prácticas
Decreto 335 de 2022 · Por el cual se establece el procedimiento para la obtención de los certificados de cumplimiento de las buenas prácticas de elaboración, laboratorio y manufactura ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.