Micelio

Artículo 16

Decreto 1026 de 1983 · Por el cual se reglamenta la elección de los representantes de los funcionarios de Seguridad Social en las Comisiones de Personal del Instituto de Seguros Sociales y se dictan medidas sobre su funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del cierre de la votación . Inmediatamente después de cerrada la votación, uno de los miembros del jurado leerá en voz alta el número total de sufragantes, el que se hará Constar en el acta de escrutinio y en el registro general de votantes. Practicada la diligencia de que trata el inciso anterior, se abrirá públicamente la urna en que fueron depositados los sobres y uno he los jurados los contara uno a uno. Si hubiere un número mayor al de funcionarios que sufragaron se introducirán de nuevo en la urna y después de moverlos para alterar su colocación, se sacaran a la suerte tantos sobre cuantos sean los excedentes y sin abrirlos se quemaran inmediatamente. En el acta de escrutinio se hará constar esta circunstancia con expresión del número de sobres excedentes. Abiertos los sobres que contienen las papeletas se formaran grupos con los votos emitidos a favor de cada uno de los candidatos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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