Son funciones de la Sección de Asuntos Terrestres y Aéreos:
Recomendar la publicación de folletos de interés sobre las fronteras;
Estudiar la política de fronteras trazada por el Gobierno y colaborar con las entidades correspondientes en su ejecución;
Mantener relaciones con las entidades oficiales que trabajan en las zonas fronterizas y colaborar en la adopción de programas encaminados a su desarrollo;
Proponer las acciones a que hubiere lugar para el normal desplazamiento de las personas y vehículos en zonas fronterizas, procurando un verdadero proceso de facilitación e integración;
Atender y tramitar las reclamaciones relativas a los incidentes en zonas fronterizas, adelantando la acción correspondiente bien sea a nivel nacional o internacional;
Participar en las negociaciones y velar por la ejecución de los tratados y actos de carácter bilateral o multilateral acordados con los países limítrofes y que tengan aplicación en las zonas fronterizas;
Presentar recomendaciones para la reglamentación y ejecución de normas afines con las funciones de la Subsecretaría;
Realizar visitas periódicas de inspección a las zonas fronterizas;
Proponer misiones técnicas de reconocimiento de las fronteras nacionales, a fin de inspeccionar el estado de los hitos fronterizos y determinar la necesidad de su densificación;
Participar en las comisiones encargadas de adelantar estudios sobre comercio y transporte de personas, vehículos y cooperación aduanera en las zonas fronterizas;
Participar en estudios sobre integración fronteriza;
Participar en la solución de los problemas de migraciones en las zonas fronterizas;
Tramitar con las entidades competentes las solicitudes de otros gobiernos para sobrevuelos de aeronaves sobre el territorio nacional, así como las de naves colombianas en el exterior;
Participar en la coordinación de la construcción de vías terrestres, puentes, puertos, presas y otras obras de carácter internacional que se proyecten en las zonas fronterizas.