El literal a) del artículo 1º. del Decreto 3541 de 1983 quedará así:
"las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidas expresamente por el presente Decreto".
Ley 55 de 1985 · Por medio de la cual se dictan normas tendientes al ordenamiento de las finanzas del Estado y se dictan otras disposiciones
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El literal a) del artículo 1º. del Decreto 3541 de 1983 quedará así:
"las ventas de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidas expresamente por el presente Decreto".
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.