°. La Dirección General de Bienes y Comercio podrá ordenar el traspaso, con carácter de depósito, de materiales y elementos de una obra a otra, por inseguridad del almacén donde se encuentren, por terminación o suspensión indefinida de la obra a que pertenecían, o por suspensión del cargo de Almacenista, mientras el Ministerio resuelve la aplicación definitiva de esos elementos. Los elementos y materiales en depósito no podrán utilizarse ni consumirse en la obra en cuyo almacén se hubieren depositado. Cesión de elementos a entidades nacionales.
Artículo 7
La Dirección General De Bienes Y Comercio Podrá Ordenar El Traspaso, Con Carácter De Depósito, De Materiales Y Elementos De Una Obra A Otra, Por Inseguridad Del Almacén Donde Se Encuentren, Por Terminación O Suspensión Indefinida De La Obra A Que Pertenecían, O Por Suspensión Del Cargo De Almacenista, Mientras El Ministerio Resuelve La Aplicación Definitiva De Esos Elementos
Decreto 1534 de 1941 · Por el cual se reglamenta el inventario, traspaso y traslado de elementos de las obras dependientes del Ministerio de Obras Públicas
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.