Micelio

Artículo 4

Régimen De Los Servidores En Ejercicio

Ley 2611 de 2026 · Por medio del cual se establece el Cambio de Nomenclatura, Clasificación y Código de Empleo de los Inspectores de Tránsito, se modifica el Decreto Ley 785 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley no afectará las situaciones jurídicas consolidadas de las personas que, con anterioridad a su entrada en vigencia, se hubiesen posesionado y se encuentren ocupando el cargo de Inspector de Tránsito y Transporte en un organismo de tránsito de una entidad territorial, y que para el efecto hubiesen acreditado los requisitos vigentes al momento de su incorporación al empleo.

En ningún caso la aplicación de la presente ley podrá implicar desmejoramiento en las condiciones salariales, prestacionales o de estabilidad laboral de los servidores públicos.

Parágrafo

Las entidades territoriales deberán adelantar los ajustes necesarios para incorporar a estos servidores al empleo de Inspector de Tránsito y Transporte del nivel profesional previsto en el artículo 2o de la presente ley, reconociendo para todos los efectos legales su antigüedad, los derechos de carrera que hubiesen adquirido y las demás prerrogativas derivadas del vínculo, sin que la incorporación implique desmejoramiento de sus condiciones salariales o prestacionales, ni se exijan requisitos adicionales distintos a los acreditados al momento de su nombramiento original.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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