ARTICULO 2 º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias. Comuníquesey cúmplase.
Decreto 710 de 1985 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 710 de 1985 · Por el cual seaprueba la organización interna de la Corporación Autónoma regional del Putumayo (CAP).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.