Micelio

Artículo 12

En Todos Los Municipios Podrán Conformarse Comisiones Para La Prevención Y Mitigación De Incendios Forestales, O En Su Defecto, Los Comités Locales Para La Prevención Y Atención De Desastres Deberán Asumir La Gestión Y Desarrollo Del Tema

Decreto 2340 de 1997 · por el cual se dictan unas medidas para la organización en materia de prevención y mitigación de incendios forestales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En todos los municipios podrán conformarse comisiones para la prevención y mitigación de incendios forestales, o en su defecto, los comités locales para la prevención y atención de desastres deberán asumir la gestión y desarrollo del tema.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2340 de 1997