Micelio

Artículo 3

El Término A Que Se Refiere El Artículo 46, Inciso Segundo, Del Decreto Legislativo 180 De 1988, Será De Ocho (8) Días Hábiles Para Que El Fiscal Emita Concepto De Fondo E Igual Término Para El Defensor

Decreto 344 de 1989 · Por el cual se dictan disposiciones en materia de procedimiento penal, conducentes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El término a que se refiere el artículo 46, inciso segundo, del Decreto legislativo 180 de 1988, será de ocho (8) días hábiles para que el Fiscal emita concepto de fondo e igual término para el defensor. Estos términos se duplicarán cuando hubiere más de diez capturados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 344 de 1989