Micelio

Artículo 1

El Hospital Militar Central, Establecimiento Público Con Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Patrimonio Independiente, Está Encargado De Desarrollar La Política Y Los Planes Que En Materia De Asistencia Social Adopte El Gobierno Respecto Al Personal De Las Fuerzas Militares Y Sus Familiares

Decreto 2348 de 1971 · Por el cual se reestructura el Hospital Militar Central

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Hospital Militar Central, Establecimiento Público con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, está encargado de desarrollar la política y los planes que en materia de asistencia social adopte el Gobierno respecto al personal de las Fuerzas Militares y sus familiares.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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