Micelio

Artículo 2

Ley 78 de 1965 · Por la cual se ordena la electrificación del Litoral del Pacífico, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con base en los estudios que trata el artículo anterior, Autorízase al Gobierno Nacional para financiar, mediante empréstitos internos o externos, la construcción de la Central de Gurumendi, la cual suministrará luz y energía eléctrica a los Municipios de la Costa del Cauca, Nariño y Valle del Cauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 78 de 1965