Micelio

Artículo 3

º

Decreto 424 de 1982 · Por los cuales se dictan normas con motivo de la elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Durante el día de las elecciones y el anterior y el posterior, y el día de los escrutinios municipales, queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes en todo el territorio nacional.

Parágrafo

El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá y los alcaldes municipales, podrán por razones de conveniencia y dando previo aviso Al Ministerio de Gobierno, anticipar o prorrogar la prohibición a que se refiere el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 424 de 1982