Micelio

Artículo 1

Primero De Acuerdo Con Lo Ordenado Por La Ley 34 De 1968, El Gobierno Nacional Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Procederá A Efectuar La Segunda (2ª

Decreto 950 de 1969 · por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de unos títulos de Deuda Pública Interna denominados “Bonos de Desarrollo Económico”.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° primero De acuerdo con lo ordenado por la Ley 34 de 1968, el Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, procederá a efectuar la segunda (2ª.) emisión correspondiente al año de 1969, de títulos de Deuda Pública Interna denominados "Bonos de Desarrollo Económico", por valor de cien millones de pesos ($100.000.000.00). El Ministerio De Hacienda y Crédito Publico procederá conjuntamente con el Instituto de Fomento Industrial y el banco de la republica a celebrarlos respectivos contratos de fideicomiso y garantía de los Bonos de que trata este Decreto.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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