Micelio

Artículo 51

Ayuda Humanitaria

Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ayuda humanitaria . Las víctimas a las que se refiere el presente Decreto recibirán ayuda humanitaria de acuerdo a las necesidades inmediatas establecidas en el artículo 47 de la Ley 1448 de 2011. Corresponde a las entidades territoriales, a la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación a Víctimas y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, sin afectar el carácter inmediato de estas medidas, diseñar e implementar los procedimientos y componentes de la Ayuda Humanitaria, que guarden relación directa con el hecho victimizante y que sean adecuados a las características culturales y a las necesidades propias de las víctimas de que trata el presente decreto.

Parágrafo

El diseño de los procedimientos y componentes de la Ayuda Humanitaria variarán de acuerdo con la presencia en cada kumpania o de sus víctimas individualmente consideradas, y deberá tomar en consideración las condiciones y características culturales e identitarias de manera con la participación de las respectivas Kumpañy.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4634 de 2011