Micelio

Artículo 17

Decreto 1979 de 1965 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1964, sobre la Universidad del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimoséptimo . Las Facultades estarán dirigidas por un Decano y por un Consejo Consultivo. Las Escuelas, Institutos, Departamentos y demás unidades docentes estarán dirigidas en la forma que prevea el estatuto general. Los Decanos, Directores y Jefes constituyen la autoridad ejecutiva de la respectiva unidad, bajo la dirección del Rector.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1979 de 1965