Artículo segundo. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público hará dentro del Presupuesto de Gastos del Ministerio del Trabajo los traslados que son indispensables para dar cumplimiento al presente Decreto.
Decreto 1868 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1868 de 1952 · Por el cual se fijan las asignaciones del personal del Tribunal Seccional del Trabajo del Departamento de Córdoba
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.