°. Son funciones del Comité Ejecutivo
Tomar o proponer al Gobierno Nacional y a las entidades afectadas por el problema, las medidas para prevenir la emergencia ambiental o para prevenir y eliminar la contaminación.
Evaluar los costos de corrección o eliminación de los efectos nocivos causados por la emergencia o siniestro y la estimación de los daños causados con el fin de que se adopten las medidas necesarias para obtener el resarcimiento de los perjuicios.
Evaluar los resultados de las investigaciones que se adelanten para la reclamación respectiva.
Dictar las políticas y normas para las funciones que debe desarrollar el Comandante del área del siniestro.
Señalar las funciones que debe desempeñar el Coordinador Central.
Presentar al Gobierno Nacional y a las entidades correspondientes, las sugerencias modificaciones para actualizar las disposiciones y manuales sobre el particular.
Asesorar al Gobierno Nacional en la solución de la emergencia que se haya presentado.
La Dirección General marítima y Portuaria elaborará un manual para el funcionamiento de la fuerza tarea descontaminación de Costas y su Comité así como las demás publicaciones que considere del caso y mantendrá un secretario permanente sobre el particular.