Micelio

Artículo 5

Son Funciones Del Comité Ejecutivo A) Tomar O Proponer Al Gobierno Nacional Y A Las Entidades Afectadas Por El Problema, Las Medidas Para Prevenir La Emergencia Ambiental O Para Prevenir Y Eliminar La Contaminación

Decreto 1457 de 1978 · Por el cual se crea la Fuerza de Tarea "Descontaminación Costas" para prevenir, controlar y limpar la contaminación de las Costas, Aguas Jurisdiccioanles y Plataforma Continental de la Nación, cuando se prevean o sucedan emergencias ambientales que las afecten, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones del Comité Ejecutivo

a)

Tomar o proponer al Gobierno Nacional y a las entidades afectadas por el problema, las medidas para prevenir la emergencia ambiental o para prevenir y eliminar la contaminación.

b)

Evaluar los costos de corrección o eliminación de los efectos nocivos causados por la emergencia o siniestro y la estimación de los daños causados con el fin de que se adopten las medidas necesarias para obtener el resarcimiento de los perjuicios.

c)

Evaluar los resultados de las investigaciones que se adelanten para la reclamación respectiva.

d)

Dictar las políticas y normas para las funciones que debe desarrollar el Comandante del área del siniestro.

e)

Señalar las funciones que debe desempeñar el Coordinador Central.

f)

Presentar al Gobierno Nacional y a las entidades correspondientes, las sugerencias modificaciones para actualizar las disposiciones y manuales sobre el particular.

g)

Asesorar al Gobierno Nacional en la solución de la emergencia que se haya presentado.

Parágrafo

La Dirección General marítima y Portuaria elaborará un manual para el funcionamiento de la fuerza tarea descontaminación de Costas y su Comité así como las demás publicaciones que considere del caso y mantendrá un secretario permanente sobre el particular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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