Funciones de la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales. Las funciones de la Subdirección de Seguimiento de Licencias Ambientales son las siguientes
Realizar el control y seguimiento a los proyectos, obras o actividades que cuenten con licencia ambiental, planes de manejo ambiental, medidas de manejo ambiental y dictámenes técnicos ambientales, de acuerdo con la normativa vigente.
Preparar los proyectos de acto administrativo para ajustar las licencias ambientales o planes de manejo ambiental, como resultado del proceso de seguimiento.
Declarar iniciada la fase de desmantelamiento y abandono, y expedir los autos que ordenan el archivo del expediente, de conformidad con la normativa vigente.
Emitir los conceptos técnicos para recomendar la imposición o levantamiento de medidas preventivas y para el inicio de procesos sancionatorios en materia ambiental, en los temas de su competencia.
Verificar, cuando sea necesario, los hechos y las medidas ambientales implementadas para corregir las contingencias que se presenten en el marco de la función de seguimiento y control ambiental, de conformidad con la Ley 99 de 1993, los decretos reglamentarios y en las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Elaborar los conceptos técnicos para apoyar la defensa en los procesos judiciales en los que sea parte la entidad, en los temas de su competencia.
Las demás que le asigne la ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).