Micelio

Artículo 2

Prorrógase Por Ciento Ochenta (180) Días, Contados A Partir De La Fecha De Este Decreto, El Plazo Establecido En El Decreto 584 De 1972, Para Que La Junta Directiva Y El Gerente De La Zona Franca Industrial Y Comercial De Cúcuta Presenten Al Gobierno Nacional Los Estudios Técnicos Complementarios A Los Ya Realizados, Sobre El Planeamiento Físico De La Zina Franca

Decreto 2070 de 1972 · Por el cual se modifica el Decreto número 584 del 14 de abril de 1972

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Prorrógase por ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de este Decreto, el plazo establecido en el Decreto 584 de 1972, para que la Junta Directiva y el Gerente de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta presenten al Gobierno Nacional los estudios técnicos complementarios a los ya realizados, sobre el planeamiento físico de la Zina Franca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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