Micelio

Artículo 2

Las Condiciones Financieras De Las Operaciones De Redescuento, Que Por La Facultad Otorgada En El Presente Decreto, Sean Expedidas Por La Junta Directiva De La Financiera De Desarrollo Territorial S

Decreto 1315 de 1998 · por el cual se regulan las condiciones financieras de las operaciones de redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter con destino a las obras y actividades señaladas en el numeral 2° del artículo 268 de Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las condiciones financieras de las operaciones de redescuento, que por la facultad otorgada en el presente decreto, sean expedidas por la Junta Directiva de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter deberán ser motivadas y justificadas, así como realizadas en condiciones de mercado, sin perjuicio de lo establecido en el

Parágrafo

del literal b) del numeral 3° del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1315 de 1998