Deróganse los Decretos 0008, 0077, 0416 y 0123 de 1957, y todas las disposiciones legales que fueren contrarias al presente Decreto, el cual regirá a partir del primero (1°) de abril de mil novecientos cincuenta y nueve (1959).
Decreto 901 de 1959 →Vigente
Artículo 19
Deróganse Los Decretos 0008, 0077, 0416 Y 0123 De 1957, Y Todas Las Disposiciones Legales Que Fueren Contrarias Al Presente Decreto, El Cual Regirá A Partir Del Primero (1°) De Abril De Mil Novecientos Cincuenta Y Nueve (1959)
Decreto 901 de 1959 · Por el cual se dictan normas de carácter administrativo tendientes a mejorar la administración de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.