Micelio

Artículo 2

Para Atender Exclusivamente A Los Gastos Que Ocasiones El Instituto De Fomento Industrial, El Cumplimiento De Las Funciones Que Se Le Encomiendan Por Este Decreto Y Con El Fin De Que Contribuya A La Instalación De Las Plantas De Lavado De Carbón En Los Sitios Que Aconsejen Los Estudios Que Se Lleven A Cabo, Y Para La Explotación De Las Minas De Carbón De El Cerrejón (Departamento Del Magdalena), El Gobierno Aporta Al Capital Del Instituto La Suma De Tres Millones De Pesos ($ 3

Decreto 3580 de 1950 · Por el cual se provee al fondo del estudio y explotación de la riqueza carbonífera del país

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para atender exclusivamente a los gastos que ocasiones el Instituto de Fomento Industrial, el cumplimiento de las funciones que se le encomiendan por este Decreto y con el fin de que contribuya a la instalación de las plantas de lavado de carbón en los sitios que aconsejen los estudios que se lleven a cabo, y para la explotación de las minas de carbón de El Cerrejón (Departamento del Magdalena), el Gobierno aporta al capital del Instituto la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000) que será apropiada en el Presupuesto Nacional.

Parágrafo 1

El Gobierno queda facultado para llevar a cabo las operaciones de crédito que considere necesarias para el cumplimiento del presente artículo.

Parágrafo 2

El Instituto de Fomento Industrial queda facultado para comprometer contractualmente con entidades nacionales o extranjeras el aporte de capital que ha de recibir conforme a lo dispuesto por este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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