Micelio

Artículo 1

Bonificación De Actividad Judicial

Decreto 891 de 2023 · Por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Bonificación de actividad judicial . A partir del 1° de enero de 2023, reajustar el valor de la bonificación de actividad judicial de que tratan los Decretos 3131 y 3382 de 2005, así: Denominación del cargo Valor Bonificación semestral Juez Penal del Circuito Especializado 15.242.735 Coordinador de Juzgado Penal del Circuito Especializado 15.242.735 Juez de Dirección o de Inspección 15.242.735 Fiscal ante Juez de Dirección o de Inspección 15.242.735 Procuradores Judiciales I, adscritos a las Procuradurías Delegadas ante la Corte Suprema de Justicia para la Casación e Investigación y Juzgamiento Penal. 15.242.735 Juez del Circuito 14.022.126 Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana 14.022.126 Fiscal ante Juez de División, o de Fuerza Naval, o de Comando Aéreo, o de Policía Metropolitana 14.022.126 Juez Municipal 13.601.338 Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 13.601.338 Juez de Instrucción Penal Militar 13.601.338 Fiscal ante Juez de Brigada, o de Base Aérea, o de Grupo Aéreo, o de Escuela de Formación, o de Departamento de Policía 13.601.338 Fiscal Delegado ante Juez Penal de Circuito Especializado 11.060.516 Fiscal Delegado ante Juez Municipal y promiscuo 10.684.362 Fiscal Delegado ante Juez del Circuito 10.268.645 En las mismas condiciones, tendrán derecho a percibir esta bonificación de actividad judicial, los Procuradores Judiciales I que desempeñen el cargo y que actúen de manera permanente como Agentes del Ministerio Público ante los servidores que ocupan los empleos señalados en este artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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