Micelio

Artículo 3

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Departamento Nacional De Higiene Capitulo 79

Decreto 1986 de 1937 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE CAPITULO 79. Gastos generales. Del artículo 534. Para viáticos de los. empleados del Departamento médicos, Inspectores, Directores de Higiene Departamental, médicos dispensario antileprosos y demás empleados en comisiones oficiales $ 600.00 CAPITULO 80 Laboratorio Nacional de Higiene Samper y Martillex. Del artículo 539. Para sueldos del personal del Laboratorio Nacional, de Higiene Samper y Martínez 8.000.00 CAPITULO 82 Lucha antileprosa. Del artículo 545. Para jornales, materiales y demás gastos del Laboratorio Central de Lepra 10.000.00 CAPITULO 78 Higiene-Personal y material Al artículo 523 Para auxiliar los institutos de protección infantil que se sometan a las normas del Departamento Nacional de Higiene 600.00 CAPITULO 80 Laboratorio Nacional Samper y Martínez. Al artículo 541. Para compra de materias primas y demás gastos que ocasione la producción de. drogas destinadas a la Higiene en el Laboratorio Nacional, en la forma ordenada por este Departamento 8.000.00 CAPITULO 82 Lucha antileprosa. Al artículo 558. Para arrendamiento de locales para alojamiento de enfermos y oficinas públicas en los Lazaretos de la República 10,000.00 Sumas iguales $ 18,600.00 18,600.00 Comuníquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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