Micelio

Artículo 4

º Las Asignaciones Mensuales, Gastos De Traslado Y Pasajes, Si Se Requieren, Con Previa Aprobación De La Junta Directiva, Para Los Agregados Para Asuntos Turísticos, Causados Y Por Causarse Y Que Demande La Operación De Los Mismos Serán Pagados Por La Corporación Nacional De Turismo, Con Cargo Al Presupuesto De Inversión

Decreto 1857 de 1992 · por el cual se modifica el Decreto 1803 de 1991 y se dictan otras disposiciones..

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las asignaciones mensuales, gastos de traslado y pasajes, si se requieren, con previa aprobación de la Junta Directiva, para los agregados para asuntos turísticos, causados y por causarse y que demande la operación de los mismos serán pagados por la Corporación Nacional de Turismo, con cargo al Presupuesto de Inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1857 de 1992