Micelio

Artículo 11

Oficina Asesora Jurídica

Decreto 1736 de 2020 · Por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes

1.

Dirigir la defensa jurídica de la Superintendencia;

2.

Absolver las consultas jurídicas externas en los temas de competencia de la Superintendencia, salvo las que correspondan a actuaciones específicas adelantadas por las dependencias de la entidad;

3.

Asesorar a las distintas dependencias de la Superintendencia de Sociedades en los asuntos jurídicos relacionados con la entidad;

4.

Conceptuar internamente sobre los requerimientos jurídicos de las diferentes dependencias de la Superintendencia, en asuntos de su competencia;

5.

Dirigir la elaboración de los estudios jurídicos especiales solicitados por las demás dependencias de la Superintendencia para el desarrollo de sus funciones;

6.

Ejercer la representación judicial de la entidad en los procesos judiciales y prejudiciales;

7.

Proponer estrategias de prevención del daño antijurídico y participar en la definición de riesgos jurídicos de la Superintendencia;

8.

Compilar, actualizar, sistematizar, socializar y difundir leyes, decretos, normativa, jurisprudencia y doctrina en los temas de competencia de la Superintendencia y publicar periódicamente los contenidos de carácter jurídico que recopilen esta información;

9.

Revisar los proyectos de actos administrativos de carácter general y circulares, que expida el Superintendente de Sociedades, así como aquellos actos administrativos que el Superintendente someta a su estudio;

10.

Intervenir, cuando lo determine el Superintendente de Sociedades, en las acciones constitucionales que se promuevan respecto de asuntos que sean de competencia de la Entidad o en las que la Superintendencia tenga algún tipo de interés de acuerdo con sus funciones;

11.

Analizar y hacer seguimiento a la agenda legislativa del Congreso de la República sobre aquellas iniciativas o proyectos en temas de competencia de la Superintendencia o que sean de su competencia;

12.

Apoyar jurídicamente el proceso de la clasificación de los activos de información de la entidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 1712 de 2014 o la norma que la adicione, modifique o sustituya;

13.

Mantener actualizado el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado (E-Kogui); y

14.

Las demás funciones que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia, o las que le sean asignadas por el Superintendente de Sociedades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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