Artículo primero. Autorízase al Alcalde Municipal de Armenia, Caldas, para ceder gratuitamente a la Comunidad de "Adoratrices", domiciliada en la misma ciudad, un lote de terreno situado en el Barrio de "Las Palmas", del área urbana de Armenia, de sesenta y siete metros con setenta centímetros, por sesenta y cinco metros, o sea una superficie de cuatro mil cuatrocientos metros cuadrados con cincuenta centímetros (4.400.50 mts.), cuyos linderos generales son los siguientes: Por el Norte, en una extensión de sesenta y cinco metros lineales, con la carrera 23; Por el Sur, en una extensión de sesenta y cinco metros lineales, con la carrera 22; Por el Oriente, en una extensión de sesenta y siete metros con setenta centímetros lineales, con la calle 4ª, y Por el Occidente, en una extensión de sesenta y siete metros con setenta centímetros lineales, con la calle 5ª lote de propiedad del Municipio de Armenia.
Este lote se destinará exclusivamente a la construcción de una escuela, Capilla y edificio para la Comunidad.