Micelio

Artículo 3

Las Becas, Cuyo Valor Mensual Sea De Doscientos Diez Pesos ($ 210

Decreto 190 de 1971 · Por el cual se hace una distribución parcial en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 25.107.500.00

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las becas, cuyo valor mensual sea de doscientos diez pesos ($ 210.00) o doscientos treinta pesos ($ 230.00); son asignadas exclusivamente, para internado.

Parágrafo

Exceptúense las presupuestadas para la Escuela Industrial de Sonsón (Antioquia), Instituto Técnico Agrícola de Paipa (Boyacá), y el Instituto Piloto de Educación Rural de Pamplona (Norte de Santander) donde podrán ser pagadas en efectivo por cuanto no se presta el servicio de internado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 190 de 1971