Micelio

Artículo 7

Ley 36 de 1966 · por la cual se adiciona y aclara la Ley 4ª de 1964, sobre la industria de la construcción, contratos y concursos, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El registro de los contratos de Obras Públicas, para efectos de la ejecución presupuestal, se hará por el Jefe de Presupuesto del respectivo Ministerio, Departamento Administrativo o Establecimiento Público, y la reserva de fondos será constituida por la Contraloría General de la República.

Estos contratos solamente requieren el concepto jurídico de la dependencia respectiva de la entidad contratante, la aprobación y firma del Presidente de la República, o de quién sea representante legal de las otras entidades indicadas en la Ley 4 a de 1964; la revisión del Consejo de Estado cuando su cuantía así lo exigiere, y el pago de los derechos de publicación en el Diario Oficial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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